Sunday, December 04, 2005

MALVINAS - PERVERSIDAD



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SOLICITADA

EL ESTADO NACIONAL PERSISTE EN EL ABANDONO DE LA SALUD DE LOS EX - COMBATIENTES DE MALVINAS AL FOMENTAR UNA POLITICA SANITARIA DILATORIA Y ENMASCARADA EN UN DOBLE DISCURSO

La obra social INSSPJ (PAMI), largamente intervenida para su normalización financiera y estructural, es la institución obra social de salud para Ex Combatientes de Malvinas y sus familiares. Por ley nacional se descuenta de una pensión que cobran casi 14.500 Ex Combatientes, $52.50 mensuales que financian un sistema de salud que no llega al receptor. Hacen más de dos años que las clínicas prestadoras de servicio PAMI-Ex Combatientes, no atienden normalmente en casi ninguna provincia a veteranos de guerra. Las denuncias por fallecimientos de veteranos sin atención médica han tomado hoy estado público y por tal motivo el PAMI se ve obligado a cambiar la actitud pasiva que exhibía hasta este momento, promoviendo la resolución Nº 191/05 que había sido presentada hace 8 meses sin interesarle a los prestadores del servicio de salud. En la resolución se promueve un nuevo sistema de salud al que médicos o clínicas de todas las provincias deben adherir voluntariamente. En esos 8 meses, no se volcó abundante información sobre los contenidos básicos para la prestación, transformándose en inaplicable el sistema de salud para médicos agremiados de nivel nacional al carecer de datos estadísticos que exponga la realidad sanitaria de los veteranos de guerra.

Hace años que Ex Combatientes solicitan una atención específica para ellos y que la cobertura del seguro médico se haga cargo urgentemente de las enfermedades crónicas que padecen. Ante hechos consumados de abandono de persona en que incurre el Estado nacional, se vislumbra la vergüenza que significará para el país que valores simbólicos de soberanía desaparezcan por actuar con indiferencia. De continuar así, a pesar de que la edad en promedio ronda por los 44 años, la expectativa de vida no sería muy optimista, pues acontecen suicidios que determinan otra realidad y revelan que esos sucesos ya han superado al número de fallecidos existentes de los combates acontecidos en el terreno de las islas. Un grave tema que solo supone políticas de estado.

Los gobernantes del país, a su paso por la presidencia, insólitamente no realizaron los estudios clínicos y psicológicos exigidos por la ley vigente desde el año 1985 Nº 23.109, a los que participaron de la guerra, que obliga a que sean examinados por profesionales médicos idóneos en tratamiento a veteranos de guerra, atendiendo las patologías contraídas por el “síndrome de estrés postraumático”, síndrome conocido en el mundo como secuelas de las guerras del siglo XX, e irónicamente recién conocido aquí, por manifestaciones de sobrevivientes del recital de “Cromagnon” en Bs. As. . Como a 23 años los indicios continúan marcando consecuencias, es imperioso aplicar programas de salud preventiva que logre en un supuesto suicida una contención personalizada. La norma indica en sus articulados, que la convocatoria sanitaria sea propicia para iniciar programas de detección temprana de las patologías contraídas en la guerra.

A estas odiseas se le agrega el hecho de que este gobierno no planifica ni se aprecian soluciones a corto plazo, tanto sanitarias, laborales o de vivienda propia y además se añade la problemática de integración social que padecen por no significarle a los Ex Combatientes que esta sociedad ha reivindicado su sacrificio hecho por el país, en consecuencia, se han generado movilizaciones de ex conscriptos combatientes, que salen a la calle exigiendo las reclamaciones. El gobierno traiciona su discurso reivindicativo y malvinero expresado un año antes al reprimir con la Policía Federal el 28 de marzo de 2005 en Plaza de Mayo a los ex combatientes. Se han generado actos de repudio por esa represión y se exige atención de su salud a la institución correspondiente. El 14 de septiembre 2005 se denuncia ante PAMI que un ex combatiente en la provincia del Chaco fallece sin la debida atención hospitalaria al no presentarse la ambulancia solicitada y generan largas reuniones entre PAMI y ex soldados logrando en vano acordar que urgentes cambios se produzcan.

La realidad los golpea continuamente, siendo relegados a un segundo plano; ante sus ojos solo ven como esas mismas autoridades que demagógicamente ofrecen a los ex conscriptos de Malvinas glorificarlos, son los que, irónicamente para su perjuicio, han agregado a su padrón de beneficiarios al personal militar de cuadros de guerra de las fuerzas armadas, con un “decreto de Necesidad y Urgencia Nº 886/05. Un personal militar contemporáneo a FFAA que aplicaron un siniestro “Proceso de Reorganización Nacional” por medio de la fuerza, que no han roto el contrato que los vincula a ellas y que por acción u omisión son cómplices de represiones y vejaciones de civiles que resistían ese plan impuesto de facto. Este gobierno que dice honrar por Malvinas solo a los militares que no hallan sido condenados por “delitos de lesa humanidad” pero ha olvidado que falta condenar de Malvinas delitos de crimen de guerra ya denunciados.

Los Ex Soldados conscriptos de Malvinas no claudicarán en su lucha, desean esclarecer lo sucedido en las islas y seguir denunciando que hubo traición en esa guerra; no arriarán sus banderas malvinizadoras que representan la dignidad de los que regresaron hace 23 años, a pesar de quedarse solos y con la carga de una derrota que no les pertenece. Recuerdan en sentidos homenajes a los héroes conscriptos que cayeron por nuestro archipiélago del atlántico sur, denunciando casi a diario como desde la época de Malvinas siguen cayendo aquí, por desidia de los gobiernos de la posguerra.

Existe entonces, sobradas muestras de “abandono de persona” de parte del Estado nacional. Este gobierno en turno debe resolverlo imperiosamente, aceptando que tiene un problema tan grave como latente, con prioridad en aplicar políticas de Estado para evitar perder una vida más. Desde el Ejecutivo se debe apoyar al proyecto que se encuentra en la Honorable Cámara del Senado Nacional, Expte. Nº 3951/04, que contempla tres puntos básicos de beneficios por ley: 1) programas de cobertura sanitaria específica – 2) reconocimiento social por medio de una pensión amplia y suficiente para el Ex combatiente de Malvinas - 3) reparación moral y económica de los perjuicios generados por la dictadura y por omisión o negligencia maliciosa en todos estos años de abandono al sector, lesionados física, psicológica, como asimismo en su dignidad. Este proyecto de beneficios está avalado con miles de firmas del pueblo Argentino a los tres puntos solicitados con un petitorio creado en el año 2004. La normativa abarca a los que estuvieron en efectivas acciones bélicas de combate en defensa de la soberanía de las islas Malvinas. Esto admite la responsabilidad de sostener una conciencia válida en políticas de Estado, ya que es el Estado nacional el que los envió a pelear contra los británicos *⑴ . Además desde el Poder Ejecutivo, el 4 de octubre de 2004, se prometió específicamente indemnizaciones con un “reconocimiento histórico” que repararía el abandono al que los han sumido todos estos años de democracia desde aquella retirada de la dictadura militar del `76 al `83. Si el Estado es consecuente con esa iniciativa de reparar e indemnizar a las víctimas del terrorismo de Estado, con leyes como las surgidas en la década del 90, entonces en el mismo sentido y continuando la misma línea reparadora, se debe considerar a todos los afectados por ella sin exclusiones. Entre los olvidados con derechos a ser considerados, están las personas civiles que obligaron a ser soldados de la guerra en Malvinas, intimándolos con castigos por Alta Traición a la Patria.

Los conscriptos de la clase en turno o los civiles dados de baja por haber cumplido con el año de servicio militar obligatorio, fueron convocados a sabiendas que no estaban militarmente preparados para enfrentar semejante conflicto bélico internacional; al no contemplarse a estos como afectados de la decisión de una dictadura militar, se los continúa sometiendo a perjuicio de acción discriminatoria desde que existen leyes de indemnizaciones en Argentina y es expresado en el documento de estudios hecho por “INADI” (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo) titulado:
“HACIA UN PLAN NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN – LA DISCRIMINACIÓN EN LA ARGENTINA, DIAGNÓSTICOS Y PROPUESTAS”.

En octubre de 2001, la entonces Alta Comisionada de los Derechos Humanos, Sra. Mary Robinsón, visitó Buenos Aires con el objeto de promover la aplicación en el país de las Conclusiones de la “Conferencia Internacional contra el Racismo, la Discriminación
Racial, la Xenofobia y otras formas conexas de Intolerancia”, realizada en Durban, Sudáfrica, un plan recomendado por la asamblea general de la organización de las naciones unidas (ONU) a los Estados miembros, con su resolución Nº 56/266 del 27 de marzo de 2002. En Argentina, el INADI elaboró un diagnóstico con las propuestas consiguientes, y fueron aprobadas por el poder Ejecutivo Nacional a través del decreto 1086/05 y anexos, publicado en boletín oficial Nº 30.737 del 27 de septiembre de 2005. Allí se indica en el anexo las siguientes propuestas para conscriptos y ex combatientes:

“33. Promover la sanción de una modificación en los alcances de las leyes reparatorias a las víctimas del terrorismo de Estado, a fin de incorporar a quienes fueron sancionados por oponerse a prestar el servicio militar o bien por negarse a participar en el homenaje formal a los símbolos patrios por ser objetores de conciencia. Asimismo, incluir en los alcances de las leyes reparatorias a las víctimas del terrorismo de Estado a los ex-soldados conscriptos que encontrándose en efectivo cumplimiento del servicio militar obligatorio participaron como combatientes en la guerra de Malvinas.
34. Promover la sanción de una ley a fin de instrumentar un beneficio extra a la pensión de los ex-combatientes de la guerra de Malvinas para aquellos veteranos que hubiesen resultado heridos y/o sufrieren concomitante o posteriormente secuelas físicas o psicológicas motivadas por su participación en acciones de combate o por ataques armados de las fuerzas del Reino Unido.”

Este estudio compromete a los tres poderes del Estado a modificar las leyes existentes, para que los alcances indemnizatorios a anexarse llegue a este sector inexorablemente perjudicado, incluirlos como hechos provocados en un gobierno dictatorial, que los llevó en defensa de una soberanía nacional indiscutible, pero sin el consenso necesario del Congreso Nacional que, según la “Constitución Argentina”, se exige para enviar tropa militar y/o civil armada bélicamente para defensa del país. No se debería haber sorteado de facto nuestra norma constitutiva pero el terrorismo de Estado de la época, generaba parálisis política en una sociedad sumida e impotente a todas las decisiones dictatoriales. A estos ex conscriptos, símbolos malvinizadores, hoy solo se los asiste con un puñado de dinero mensual en carácter de pensión nacional y este proceder no exalta los verdaderos valores que sustentan a una nación. El Estado debe rendir cuenta de todo lo acontecido con ellos y aceptar que estos eran civiles y conscriptos que defendieron a la patria como pudieron, con lo único que poseían, su dignidad y honor de ser Argentinos ante un Estado Nacional que sistemáticamente los ha abandonado.-

*⑴ Cita :"EL PROYECTO TIENE UNA FINALIDAD MUY JUSTA.......ES CIERTO DE QUE UN PRINCIPIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL HACE RESPONSABLE AL ESTADO POR SU ACTIVIDAD (LICITA O ILICITA) CUANDO SE ORIGINA PERJUICIO A LOS DERECHOS.-TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS CON JERARQUIIA CONSTITUCIONAL OBLIGAN A HACER EFECTIVOS ESOS DERECHOS.-POR OTRA PARTE MUCHAS DE LAS VICTIMAS NO ERAN "VOLUNTARIOS" QUE ELIGIERON INTEGRAR LAS FUERZAS ARMADAS, SINO CIVILES INCORPORADOS AL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO.-"LAS REPARACIONES DEBEN SER AMPLIAS Y SUFICIENTES".
25/08/2004 - Germán Bidart Campos - Constitucionalista.-

G. A. VELEZ - 28/11/2005 -